Discurso del Internet, Interactividad e Hipermultimedia
miércoles, 11 de diciembre de 2013
Evidencias de preparación de un evento "Certamen"
Talleres de Psicología impartido por parte de los alumnos:
En nuestra empresa
Se tendrá
una jornada diurna, en la cual los trabajadores desempeñarán tareas diversas,
en lo que concierne al tiempo empleado en los eventos se tomarán como horas
extras. Cabe señalar que si no se tienen eventos a organizar no se tomará ningún
día de la semana como hábil y, por lo tanto, tampoco la jornada laboral.
En lo
que se refiere a la preparación de los eventos se tomarán como días hábiles los
lunes, martes, miércoles, jueves, viernes y sábados; los domingos se tendrá
como día libre. Sin embargo si los eventos son en domingo, que es lo más
probable en la mayoría de los casos, se tomarán como horas extras.
Las
vacaciones se tendrán en un periodo de 25 días hábiles, de los cuales cada
trabajador los tomará según sus necesidades durante el año.
De los
salarios, se tendrán en cuenta de los diferentes puestos, que van desde las
personas responsables de las tareas administrativas hasta las manuales. El
sueldo mínimo por trabajador es de $2,000 00/100 M.N. a la semana. Esto
dependerá del tipo de evento que se esté organizando y el presupuesto que el
cliente facilite.
El
aguinaldo se facilitará al final del año, el saldo acumulado dependerá del
número de eventos en los cuales haya estado inmerso el trabajador y la
eficiencia y eficacia con que éste los realice.
Aginaldo
Los
trabajadores tendrán derecho a percibir un aguinaldo anual equivalente a quince
días de salario, por lo menos y deberá pagarse antes del día 20 de diciembre.
Salario

Vacaciones
Según
el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que tengan más
de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas y
que no podrán ser inferiores a seis días laborables. Dicho período, aumentará
en dos días laborables, hasta llegar a doce por cada año subsecuente de
servicio. Después del cuarto año, el período vacacional aumentará en dos días
por cada cinco años de servicio.
Jornada de Trabajo

·
Jornada Diurna es la comprendida
entre las seis y las veinte horas.
·
La jornada nocturna es la
comprendida entre las veinte y las seis horas, mientras que la jornada mixta es
la que comprende períodos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre
que el período nocturno sea menor de tres horas y media.
·
La duración máxima de la jornada
será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete horas y media la mixta.
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